Glosario laboral · indemnización por antigüedad
La indemnización por despido sin causa es un mes de sueldo por cada año trabajado o fracción mayor de tres meses, calculado sobre la mejor remuneración mensual normal y habitual del último año.
Es lo que cobra quien está en relación de dependencia y es despedido sin una causa justificada, fuera del período de prueba. La base es la mejor remuneración mensual, normal y habitual del último año, con un tope de tres veces el promedio del convenio aplicable, y nunca menos de un mes de sueldo.
A la indemnización por antigüedad se suman el preaviso no dado, la integración del mes de despido, el aguinaldo proporcional y las vacaciones no gozadas. Todo eso forma la liquidación final.
Desde la reforma de 2024, los convenios colectivos pueden reemplazar la indemnización por un fondo o sistema de cese laboral, al estilo del que rige en la construcción; donde el convenio no lo adoptó, sigue la indemnización clásica.
Quien renuncia no cobra indemnización, sólo la liquidación final (días trabajados, aguinaldo y vacaciones proporcionales). Quien factura como monotributista no tiene indemnización.
Fuente: Ley de Contrato de Trabajo 20.744, artículos 232, 233 y 245; ley 27.742 (2024).
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